La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha declarado la nulidad de la marca ‘La Mafia se sienta a la mesa’ por considerarla contraria al orden público y a las buenas costumbres, aplicando los mismos criterios que llevaron al Tribunal General de la UE a anular la marca europea en 2018.


En 2018, el Tribunal General de la UE (asunto T-1/17) anuló la marca europea La Mafia se sienta a la mesa. Ocho años después, la OEPM ha llegado a la misma conclusión en su resolución de 26 de febrero de 2026, estimando la causa de nulidad prevista en los artículos 51.1.a) y 5.1.f) de la Ley de Marcas: el signo es contrario al orden público y a las buenas costumbres.

La solicitud de nulidad fue promovida nuevamente por la República Italiana, que sostiene que “la mafia” no es un concepto abstracto ni un recurso estético, sino una organización criminal que opera a escala global, incluida España, y cuyos delitos abarcan tráfico de drogas y armas, blanqueo de capitales, corrupción y asesinatos.

El titular de la marca, por su parte, se defiende invocando la libertad de expresión. Alega que el signo procede de un libro de recetas homónimo y que el término “mafia” se ha popularizado a través del cine y la literatura, hasta el punto de que el público español lo percibe más como un fenómeno cultural que como una referencia directa a la criminalidad organizada. Si El Padrino, Los Soprano o Gomorra pueden explotar el imaginario mafioso, ¿por qué a un restaurante se le coarta esa misma libertad?

Frente a estos argumentos, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) traslada el debate al terreno estrictamente marcario: ¿puede registrarse un signo que, por su contenido, entra en conflicto con el orden público y las buenas costumbres?

La Oficina recuerda, en primer lugar, que el examen de nulidad debe realizarse atendiendo al momento de la solicitud de la marca, es decir, al año 2000 en España.

A partir de ahí, la resolución se detiene en precisar qué debe entenderse por orden público y buenas costumbres en el ámbito marcario. El orden público engloba el conjunto de normas, principios y valores fundamentales de la sociedad, entre ellos la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad. Las buenas costumbres, por su parte, remiten a los valores y normas morales generalmente aceptados por la sociedad en un momento determinado, según la doctrina Fack Ju Göthe del TJUE.

Con ese marco jurídico como punto de partida, la OEPM pasa a examinar el propio signo. Para ello analiza el significado del término “mafia” en el contexto español, recurriendo a diccionarios, enciclopedias y artículos de prensa que reflejan cómo el fenómeno mafioso ya era ampliamente conocido en España antes del año 2000. Según la resolución, la mafia no puede entenderse como una mera referencia cultural o literaria, sino como una organización criminal real.

A continuación, se examina la relación entre el signo y los servicios para los que estaba registrado, en este caso, la restauración. La OEPM hace suyo el razonamiento del Tribunal General de 2018: vincular la palabra “mafia” con una experiencia gastronómica agradable puede banalizar la criminalidad organizada, cuando no romantizarla. La expresión “se sienta a la mesa” no neutraliza esa asociación; al contrario, la refuerza al proyectar una imagen cotidiana y aparentemente amable de la organización.

El análisis sigue con el público pertinente. No se trata únicamente de los clientes que deciden voluntariamente acudir al restaurante, sino de cualquier persona que pueda encontrarse con el signo de manera incidental en su vida diaria. El criterio para valorar si el signo resulta ofensivo no es el de quien se ofende por todo ni el de quien no se ofende por nada, sino el de una persona razonable con umbrales medios de sensibilidad y tolerancia.

Finalmente, la OEPM aborda el argumento de libertad de expresión y la popularización del imaginario mafioso en el cine y la literatura. Que ese universo aparezca en películas o novelas no significa que pueda convertirse en una marca registrada. Mientras que la propiedad intelectual protege obras, sin realizar un juicio de valor sobre su contenido, la legislación marcaria sí establece límites al registro de signos cuando entran en conflicto con el interés general. Esto se debe a que el registro de una marca confiere un derecho de exclusiva sobre determinados términos o expresiones, un privilegio que el ordenamiento no tiene por qué conceder.

A la luz de todos estos elementos, la conclusión de la OEPM es clara: el signo La Mafia se sienta a la mesa resulta contrario tanto al orden público como a las buenas costumbres. La denominación reproduce el nombre de una organización criminal real cuya actividad vulnera los valores fundamentales en los que se basa la Unión Europea. Conceder un derecho de exclusiva sobre ese signo, señala la resolución, ofendería no solo a las víctimas y a sus familiares, sino también a cualquier persona que comparta esos valores.

La resolución todavía no es firme: el titular dispone de un mes para presentar recurso de alzada.

Queda por ver si la marca sobrevivirá… o si la Mafia tendrá que reinventarse para sentarse de nuevo a la mesa.

Sara Casas 

Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual