Si bien hasta el momento existían decisiones suficientes para sostener la similitud entre la cerveza en la Clase 32 y las bebidas alcohólicas en la Clase 33, un cambio reciente en la jurisprudencia debe tenerse en cuenta para evaluar la impugnación de marcas en la Clase 33 ante la EUIPO con base en marcas anteriores que protejan cervezas, aunque unas y otras sean bebidas con contenido alcohólico.


La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), en su decisión de 9 de octubre de 2025, correspondiente a la oposición Nº B 3224720 LUPIA vs OUPIA, confirmó una diferente aproximación en la práctica registral de marcas en el sector de bebidas. En dicha decisión, la Oficina ha concluido que las cervezas son diferentes a ciertas bebidas alcohólicas de la Clase 33 de la Clasificación de Niza. Esta decisión tiene importantes implicaciones para los titulares de marcas de cerveza que se planteen impugnar solicitudes de marcas para bebidas espirituosas.

En este caso, la División de Oposición -órgano encargado de gestionar los procedimientos en los que terceros se oponen al registro de marcas, patentes o diseños- categorizó los productos impugnados en la Clase 33 como bebidas alcohólicas fuertes con un contenido mínimo del 35% de alcohol, schnapps (definido como cualquier licor fuerte o licor aromatizado) y espirituosos no carbonatados como brandy, ron, whisky o ginebra.

Aunque la oponente argumentó que estos productos impugnados y la cerveza son similares por compartir los mismos consumidores, naturaleza y ámbito comercial -citando, además, varias decisiones previas de la Oficina en las que se había apreciado similitud entre cerveza y espirituosos-, en esta ocasión la División de Oposición rechazó estos argumentos. El organismo fundamentó su decisión en las significativas diferencias existentes entre la cerveza y los espirituosos destilados en términos de ingredientes, métodos de producción, colores, olor, sabor y contenido alcohólico. Según la resolución, estos productos no pertenecen a la misma familia de bebidas alcohólicas y resulta muy improbable que el público relevante considere que una misma empresa produciría y comercializaría estas diferentes categorías de bebidas alcohólicas.

La EUIPO concluyó que el hecho de que la cerveza y los licores vayan dirigidos al mismo sector de consumidores adultos y que ambas sean bebidas con alcohol no se considera suficiente para que haya similitud entre estos productos.

Un aspecto particularmente relevante de esta resolución es el reconocimiento expreso por parte de la EUIPO de un cambio en su práctica administrativa. La División de Oposición señaló que, aunque las decisiones de la Oficina citadas por la oponente se dictaron entre enero y abril de 2024, la práctica posterior de la División de Oposición ha sido actualizada respecto a los productos en cuestión. Así lo indica expresamente la resolución: «Sin embargo, desde entonces la práctica de la División de la Oposición respecto a los productos en cuestión se ha actualizado conforme a la jurisprudencia citada anteriormente y el resultado en la presente decisión está en línea con la práctica actual, tal como se refleja en decisiones más recientes (e.g. 20/02/2025, B 3 215 565, 01/08/2025, B 3 225 115, 30/06/2025, B 3 200 789)”.

Este pronunciamiento de la EUIPO tiene una relevancia que trasciende el caso concreto. Este cambio en la jurisprudencia debe tenerse en cuenta para evaluar futuras oposiciones a marcas en la Clase 33 ante la EUIPO. Por ejemplo, según la herramienta Similarity de la EUIPO, actualmente la cerveza y el ron se consideran diferentes, mientras que la cerveza y el vino mantienen una similitud de grado bajo.

En consecuencia, será necesario analizar individualmente las bebidas en la Clase 33 en relación a su grado de similitud con la cerveza, ya que no siempre se van a considerar similares,, dependiendo de la graduación alcohólica y el método de producción.

De momento, la situación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) no parece haber experimentado el mismo cambio. Por tanto, los titulares de marcas de cerveza deberán adaptar sus estrategias de protección y defensa a este nuevo escenario en el ámbito europeo, siendo conscientes de que la jurisprudencia puede evolucionar de manera diferente en cada jurisdicción.

Natalia Ruiz 

Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual