Una solicitud de marca UE supone la presentación ante la Oficia Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO, por sus siglas en inglés) de una solicitud que, una vez superados todos los trámites administrativos de examen de fondo y de anterioridades, tiene efectos unitarios, es decir, se convierte en un único registro de marca con efectos en todo el territorio de la Unión Europea (27 países miembros).

Para solicitar la marca se precisa la información que indicamos a continuación:

 

  • Denominación y/o representación gráfica de la marca a registrar. Si la marca consiste en un gráfico o va acompañada de uno, una muestra clara del mismo, con indicación, en su caso, de los colores empleados. Si la marca es sonora, de movimiento, holograma o multimedia, un archivo en formato MP3 o MP4.
  • Indicación clara de los productos y/o servicios que se pretenden distinguir con la marca.
  • Datos completos del solicitante, incluyendo su NIF.

 

Tras la presentación de la solicitud, la EUIPO procede a examinar el expediente en cuanto a formalidades y requisitos técnicos (prohibiciones absolutas de registro). Posteriormente, procede a la publicación de la solicitud de marca comunitaria en el Boletín Oficial de Marcas de la UE (EUTMB, por sus siglas en inglés).

La tramitación de la solicitud tiene una duración aproximada de entre cinco y seis meses.No obstante, la duración de la tramitación puede alargarse durante más tiempo, ya que, de emitirse alguna objeción o si esta es objeto de oposiciones u observaciones de terceros puede extenderse más allá de doce meses.

Superados los distintos trámites, la marca será concedida y la concesión se publica en el Boletín Oficial de Marcas de la UE, emitiéndose el correspondiente Certificado de Registro.

Por último, el solicitante de una marca de la Unión Europea o el titular de una marca de la Unión Europea registrada podrá pedir que se transforme su marca nacional en uno, varios o todos los Estados miembros cuando esta deja de tener efectos con motivo de su denegación, retirada, renuncia o no renovación.

¿Qué duración tiene un registro de marca de la UE?

La marca se concede por diez años desde la fecha de solicitud y se puede renovar indefinidamente por períodos sucesivos de diez años.

¿Qué actuaciones deben llevarse a cabo para mantener en vigor un registro de marca de la UE?

Para mantener en vigor el registro de la marca se debe solicitar su renovación cada 10 años y pagar las tasas correspondientes.

Además, para mantener los derechos sobre un registro de marca es imprescindible que se utilice la marca tal y como se ha registrado, para los productos o servicios que protege. Cualquier cambio en la representación de la marca como sucede, por ejemplo, cuando se moderniza un logotipo, se debe analizar también desde un punto de vista marcario ya que es posible que sea necesario realizar una nueva solicitud.

Por último, si el titular de la marca cambia su nombre o dirección o cede la titularidad del registro a un tercero, se debe proceder a la inscripción de dichos cambios en el Registro de Marcas.

¿Cuáles son las ventajas de solicitar un registro de marca de la UE?

Se obtiene un registro único válido en todos los Estados miembros de la UE.

La marca de la UE otorga a su titular un derecho exclusivo en todos los Estados miembros actuales y futuros de la Unión a un coste razonable.