La protección de un signo en España exige la presentación de una solicitud de marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Para solicitar la marca se precisa la información que indicamos a continuación:

 

  • Denominación y/o representación gráfica de la marca a registrar. Si la marca consiste en un gráfico o va acompañada de uno, una muestra clara del mismo, con indicación, en su caso, de los colores empleados. Si la marca es sonora, de movimiento, holograma o multimedia, un archivo en formato MP3 o MP4.
  • Indicación clara de los productos y/o servicios que se pretenden distinguir con la marca.
  • Datos completos del solicitante, incluyendo su NIF.
  • Autorización firmada por un representante del solicitante de la marca.

 

A la solicitud correctamente presentada se le asignará una “fecha de solicitud” y un número de expediente. Esta fecha de solicitud constituye la fecha del inicio de la expectativa de derecho sobre la marca y la fecha desde la que se contabilizará su plazo de renovación.

¿Cómo funciona el procedimiento de registro?

Presentada la solicitud, se abre el período de examen, donde la OEPM comprueba si la marca cumple con las formalidades y requisitos técnicos exigibles. Si todo es correcto, se publicará la solicitud de marca en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI).

Superado el período de examen se abre el período de oposición, consistente en un plazo de dos meses durante el cual cualquier tercero puede presentar observaciones u oponerse al registro de la marca solicitada.

De no presentarse oposiciones, la OEPM examinará de oficio si la marca incurre en alguna de las prohibiciones absolutas establecidas en la Ley 17/2001, de Marcas (Ley de Marcas).

La tramitación de la solicitud tiene una duración aproximada de entre seis y doce meses. No obstante, puede alargarse durante más tiempo. De acuerdo con los plazos de resolución de los procedimientos previstos en la disposición adicional de la Ley de Marcas, la decisión de conceder o denegar el registro de la marca solicitada debe resolverse en un plazo máximo de doce meses, siempre que esta no sufra ningún suspenso o sea objeto de oposiciones de terceros en cuyo caso el plazo se extendría a veinte meses.

Por último, superados los distintos trámites, la marca será concedida publicándose dicha concesión en el BOPI y emitiéndose el correspondiente Certificado de Registro.

¿Qué duración tiene un registro de marca en España?

La marca se concede por diez años desde la fecha de solicitud y se puede renovar indefinidamente por períodos sucesivos de diez años.

¿Qué actuaciones se deben llevar a cabo para mantener en vigor un registro de marca en España?

Para mantener en vigor el registro de la marca se debe solicitar su renovación cada 10 años, pagando las tasas correspondientes.

Además, para mantener los derechos sobre un registro de marca es imprescindible que se utilice la marca tal y como se ha registrado, para los productos o servicios que protege. Cualquier cambio en la representación de la marca como sucede, por ejemplo, cuando se moderniza un logotipo, debe analizarse también desde un punto de vista marcario ya que, en ocasiones, es posible que sea necesario realizar un nuevo registro.

Por último, si el titular de la marca cambia su nombre o dirección o cede la titularidad del registro a un tercero, se debe proceder a la inscripción de dichos cambios en el Registro de Marcas.